Sentencia de Control de Constitucionalidad C-185 de 2020
La Corte CONDICIONA el artículo 16 del Decreto Legislativo 482 de 2020, bajo el entendido de que la suspensión del tope máximo de trabajo suplementario establecido para el personal de controladores de tránsito aéreo, bomberos y técnicos aeronáuticos, así como la flexibilización del uso de este recurso en caso de que alguno de ellos presente síntomas compatibles con el COVID-19, solo aplica en el evento en que sea necesario para garantizar la prestación del servicio de transporte aéreo de pasajeros y-o de carga.\ Exequibles los demás artículos del Decreto Legislativo 482 de 2020 "por el cual se dictan medidas sobre la prestación del servicio público de transporte y su infraestructura, dentro del Estado de Emergencia, Económica, Social y Ecológica"