ACUERDO 21 DE 2014
(junio 11)
Diario Oficial No. 49.181 de 13 de junio de 2014
COMISIÓN RECTORA DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS
<NOTA DE VIGENCIA: Acuerdo derogado por el artículo 7.2 del Acuerdo 45 de 2017>
Por el cual se adoptan los formatos para la elaboración de Acuerdos y Actas por parte de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD).
LA COMISIÓN RECTORA DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por los artículos 4o y 5o de la Ley 1530 de 2012, y por el numeral 1 del artículo 2o del Acuerdo número 0008 de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 4o de la Ley 1530 de 2012, establece que la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías es el órgano encargado de definir su política general, evaluar su ejecución general y dictar, mediante acuerdos, las regulaciones de carácter administrativo, orientadas a asegurar su adecuado funcionamiento;
Que de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 5o de la citada ley, la Comisión Rectora tiene, entre otras funciones, la de definir las directrices generales, procesos, lineamientos, metodologías y criterios para el funcionamiento del Sistema General de Regalías;
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 de la mencionada ley, le corresponde a las Secretarías Técnicas de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD), realizar la relatoría y elaboración de actas de las sesiones del órgano colegiado;
Que el numeral 11 del artículo 8o del Decreto número 1075 de 2012, señala que es función de las Secretarías Técnicas de los OCAD, suscribir los acuerdos y actas conjuntamente con el Presidente del respectivo OCAD;
Que el artículo 6o del Acuerdo número 0004 de 2012 señala, que de las sesiones del OCAD se debe dejar constancia en actas suscritas por el Presidente y Secretario Técnico, y que las decisiones de los OCAD sobre proyectos de inversión se adoptan mediante acuerdos;
Que para facilitar el adecuado cumplimiento de estas funciones se hace necesario adoptar modelos de acuerdos y actas que deben ser utilizados por las Secretarías Técnicas, al momento de elaborar y suscribir los mencionados actos;
En consideración de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1o. <Acuerdo derogado por el artículo 7.2 del Acuerdo 45 de 2017> <Artículo modificado por el artículo 1 del Acuerdo 26 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:> Adoptar los formatos de acuerdos y actas contenidos en los anexos técnicos que hacen parte integral del presente Acuerdo, los cuales serán generados por la Plataforma SUIFP-SGR y deben ser utilizados por todas las Secretarías Técnicas de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD) para la elaboración y suscripción de los respectivos acuerdos y actas.
PARÁGRAFO. Los formatos que se adoptan mediante el presente Acuerdo deben ser complementados por las Secretarías Técnicas de los OCAD con toda la información necesaria para dar cumplimiento a la normativa vigente y podrán ser actualizados por el Departamento Nacional de Planeación, para ajustarlo a las necesidades del Sistema General de Regalías, de lo cual se deberá informar a la Comisión Rectora.
ARTÍCULO 2o. <Acuerdo derogado por el artículo 7.2 del Acuerdo 45 de 2017> El presente Acuerdo rige a partir del primero (1o) de julio de 2014 y antes de dicha fecha, el Departamento Nacional de Planeación y las entidades territoriales deben realizar los ajustes para su implementación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 11 de junio de 2014.
La Directora General, Departamento Nacional de Planeación, Presidente Comisión Rectora del Sistema General de Regalías,
TATIANA OROZCO DE LA CRUZ.
La Subdirectora Territorial y de Inversión Pública (e), Departamento Nacional de Planeación, Secretaria Técnica Comisión Rectora del Sistema General de Regalías,
CAMILA MARÍA AGUILAR LONDOÑO.