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RESOLUCIÓN 15 DE 2016

(enero 07)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

Por la cual se modifica y actualiza el Manual de Contratación y Supervisión de la Superintendencia Nacional de Salud.

EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD

En uso de sus facultades legales y reglamentarias y en especial las conferidas por el artículo 2.2.1.2.5.3 del Decreto 1082 de 2015 y el numeral 1 y 3 del artículo 7 del Decreto 2462 de 2013

CONSIDERANDO

Que acorde con lo dispuesto en el artículo 209 de la Constitución Política: "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones".

Que la Ley 80 de 1993 en su artículo 3 señala que: “ (..) al celebrar contratos y con la ejecución de los mismos, las entidades buscan el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaborar con ellas en la consecución de dichos fines”.

Que los procesos contractuales deben desarrollarse con observancia plena de los principios establecidos en la la Ley 80 de 1993, 1150 de 2007, 1474 de 2011, 1450 de 2011, Decreto- Ley 019 de 2012 y Decreto 1082 de 2015 y las demás disposiciones que lo reglamenten, complementen, adicionen, modifiquen o sustituyan, con especial énfasis en los principios contractuales de transparencia, economía y responsabilidad en la adquisición de los bienes y servicios, que requiera la Superintendencia Nacional de Salud para el cumplimiento de su misión.

Que con el proceso de contratación administrativa y la ejecución de los contratos, la Superintendencia Nacional de Salud busca dar cumplimiento a la función pública encomendada de inspección, vigilancia y control del Sistema General de Seguridad Social en Salud y los regímenes exceptuados y especiales.

Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley 80 de 1993 la competencia para ordenar, dirigir procesos de selección y contratar es del jefe o representante legal de la Entidad.

Que el día 26 de mayo de 2015 el Departamento Nacional de Planeación expidió el Decreto Único reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional 1082 de 2015, el cual derogó el Decreto 1510 de 2013 y en virtud de ello se hizo necesario ajustar el Manual de Contratación con el objetivo de incluir la normatividad vigente.

Que aunado a lo anterior, la Entidad fue certificada el día 4 de diciembre de 2015 en la norma técnica de calidad de Gestión Pública NTCGP 1000:2009 y la norma de Gestión de Calidad ISO 9001:2008, por el ente certificador BVQI COLOMBIA LTDA y durante el cual se realizaron observaciones a los procesos y procedimientos por parte del ente auditor, las cuales generaron ajustes en el Manual de Contratación de la Entidad.

Que acorde con lo anterior y en virtud del artículo 2.2.1.2.5.3 del Decreto 1082 de 2015, el cual consagra que las entidades deben contar con un Manual de Contratación que debe cumplir con los lineamientos que para el efecto señale Colombia Compra Eficiente y teniendo en cuenta que ésta Entidad en sus lineamientos expone que el Manual de Contratación debe basarse en Procesos y Procedimientos en la forma prevista en el Sistema de Gestión de Calidad y exhorta a las entidades para que el Manual de Contratación incluya los aspectos necesarios para garantizar su vigencia, un adecuado proceso de edición, publicación y actualización y sus mecanismos de reforma, derogación, renovación y ajustes, se hace necesario modificar y actualizar el Manual de Contratación y Supervisión de la Superintendencia Nacional de Salud, ajustado a la normativa vigente.

Que en virtud de lo anteriormente expuesto, este despacho,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Modificar y Actualizar el Manual de Contratación y Supervisión de la Superintendencia Nacional de Salud, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.

Los trámites, procedimientos, requisitos y demás aspectos no contemplados expresamente en este Manual, se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes y en especial por lo estipulado en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015 y la normatividad legal vigente.

ARTÍCULO SEGUNDO. Comunicar a todas las dependencias de la Superintendencia, la expedición de la presente Resolución.

ARTÍCULO TERCERO. Publicar la presente Resolución en los términos de la Ley 57 de 1985 y en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud.

ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de su expedición.

Dada en Bogotá D.C., 07 ENE 2016

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

NORMAN JULIO MUÑOZ MUÑOZ

Superintendente Nacional de Salud

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