RESOLUCIÓN 55 DE 2018
(enero 17)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Por la cual se modifica el artículo tercero de la Resolución N°1318 del 15 de julio de 2014, por la cual se establece el horario de trabajo y de atención al público en la Superintendencia Nacional de Salud
EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD (E)
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en los numerales 1 y 4 del artículo 7° del Decreto 2462 de 2013, el decreto 1744 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N°1876 de 1970 establece que el horario de trabajo y de atención al público en los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias y Establecimientos Públicos, será fijado mediante Resolución por cada uno de los jefes de los respectivos organismos.
Que, en virtud de lo anterior, mediante Resolución N°1318 del 15 de julio de 2014, se estableció en la Superintendencia Nacional de Salud el horario de trabajo y de atención al público.
Que el artículo tercero de la citada Resolución determinó que, el horario de atención al público en los Centros de Atención al Ciudadano será de lunes a viernes de ocho de la mañana (8:00 a.m.) a cuatro de la tarde (4:00 p.m.) de manera continua.
Que el Superintendente Delegado para la Protección al Usuario, mediante Memorando NURC 3-2018-000647 del 17 de enero de 2018, requiere se amplíe el horario de atención al público en el Centro de Atención al Ciudadano de la Superintendencia Nacional de Salud, de siete de la mañana (7:00 a.m.) a cinco de la tarde (5:00 p.m.) en jomada continua, con el fin de ampliar, con calidad y eficiencia, la atención a un mayor número de usuarios y facilitar la gestión de peticiones, quejas, reclamos, denuncias y brindar orientación frente a diversos temas relacionados con el Sistema General de Seguridad Social en Salud, derechos y deberes, entre otros.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el artículo tercero de la Resolución N°1318 del 15 de julio de 2014, por la cual se establece el horario de trabajo y de atención al público en la Superintendencia Nacional de Salud, el cual quedará así:
ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Resolución rige a partir del 18 de enero de 2018.
ARTÍCULO TERCERO. - HORARIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO: El horario de atención al público en la Superintendencia Nacional de Salud será de lunes a viernes de ocho de la mañana (8:00 a.m.) a cuatro de la tarde (4:00 p.m.), en jornada continua.
En el Centro de Atención al Ciudadano, ubicado en la Carrera 13 No.28-08 Local 21 y 22 del Centro Internacional en la Ciudad de Bogotá, el horario será de lunes a viernes de siete de la mañana (7:00 a.m.) a cinco de la tarde (5:00 p.m.), en jornada continua.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., el día
LUIS FERNANDO CRUZ ARAUJO
Superintendente Nacional de Salud (E)