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ACUERDO 798 DE 2024

(diciembre 18)

Diario Oficial No. 52.980 de 24 de diciembre de 2024

Diario Oficial disponible en la web de la Imprenta 5/1/2025

CONSEJO NACIONAL DE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR

Por el cual se modifica el numeral 1 del artículo 3o del Acuerdo número 794 de 2024 por el cual se expide el cronograma de sorteos ordinarios y extraordinarios del juego de lotería tradicional o de billetes para el año 2025.

EL CONSEJO NACIONAL DE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR (CNJSA),

en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas por los artículos 13 y 19 de la Ley 643 de 2001 y conforme a lo establecido en el artículo 2.7.1.3.5 del Decreto número 1068 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 13 y 19 de la Ley 643 de 2001, los sorteos ordinarios y extraordinarios de las loterías tradicionales se deben efectuar de acuerdo con el cronograma anual que fije el Gobierno nacional.

Que los artículos 2.7.1.3.1 del Decreto número 1068 de 2015 establecen que el CNJSA definirá el cronograma anual de los sorteos ordinarios y extraordinarios, de acuerdo con las propuestas allegadas por las entidades operadoras del juego de lotería tradicional y atendiendo las reglas establecidas.

Que el inciso quinto del artículo 2.7.1.3.5 del Decreto número 1068 de 2015, establece que “Cuando se requiera una modificación de cronograma, los operadores de lotería deben enviar previamente la solicitud al Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, indicando claramente las razones que obligan a la modificación”.

Que, en concordancia con lo establecido en la Ley 643 de 2011 y el Decreto número 1068 de 2015, el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA), expidió el Acuerdo número 794 de 2024, por el cual se expide el cronograma de sorteos ordinarios y extraordinarios del juego de lotería tradicional o de billetes para el año 2025, donde, en relación con los sorteos extraordinarios aprobó las solicitudes correspondientes al primer trimestre de 2024.

Que mediante el numeral primero del artículo tercero del citado acuerdo, el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA), aprobó la realización del Sorteo Extraordinario a la Lotería de Cúcuta en Asociación con el Sorteo Extraordinario de Colombia Ltda., así:

Número de Sorteo Día de Sorteo Fecha de Sorteo Hora de Sorteo
0001 Miércoles 15 de enero de 2025 23:10:00

Que la Lotería de Cúcuta en comunicación con radicado número 20242600419302 del 12 de diciembre de 2024, solicitó autorización para modificar el cambio de la hora del sorteo extraordinario a realizarse el 15 de enero de 2025, de las 23:10 horas para las 23:45 horas, argumentando que la misma “obedece a que el canal de televisión NTC “CANAL UNO”, medio por donde se trasmitirá en tiempo real el sorteo, manifiesta la imposibilidad de emitir el sorteo a las 11:10 p. m., agregando que tiene disponibilidad de emisión a las 11:45 p. m. del mismo día 15 de enero de 2025”, adjuntando copia de la comunicación del canal NTC Televisión, de fecha 12 de diciembre 2024.

Que el artículo 2.7.1.4.8. del Decreto número 1068 de 2015 establece que “Los sorteos de loterías, por ser de Interés público nacional, deberán transmitirse por un canal de televisión público nacional y/o regional en el día hora y lugar señalado en el cronograma de sorteos. La transmisión por televisión se hará en vivo y en directo, y no pueden hacerse en diferido”.

Que la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA), al estudiar la solicitud presentada por la Lotería de Cúcuta pudo verificar que esta se ajusta a las disposiciones legales y reglamentarias, y considera procedente recomendar al Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA), se apruebe la modificación de la hora del sorteo Extraordinario autorizado a la Lotería de Cúcuta en Asociación con el Sorteo Extraordinario de Colombia Ltda., mediante el Acuerdo número 794 de 2024.

Que teniendo en cuenta las anteriores consideraciones, el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y.Azar (CNJSA), encuentra viable modificar el numeral 1 del artículo 3o del Acuerdo número 794 de 2024.

Que el presente Acuerdo fue discutido y aprobado por el CNJSA, en sesión extraordinaria virtual no presencial número 173 del 17 de diciembre de 2024.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Modificar el numeral 1 del artículo 3o del Acuerdo número 794 de 2024, el cual quedará así:

1. Lotería de Cúcuta En Asociación con el Sorteo Extraordinario de Colombia LTDA.

Número de Sorteo Día de Sorteo Fecha de Sorteo Hora de Sorteo
0001 Miércoles 15 de enero 2025 23:45 pm

ARTÍCULO 2o. Las demás disposiciones del Acuerdo número 794 de 2024 permanece sin modificaciones,

ARTÍCULO 3o. El presente Acuerdo deberá ser comunicado por parte de la Secretaría Técnica del CNJSA a la Superintendencia Nacional de Salud, para lo de su competencia.

ARTÍCULO 4o. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y modifica parcialmente el Acuerdo número 794 de 2024.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 18 de diciembre de 2024.

La Presidente,

Flor Esther Salazar Guatibonza.

El Secretario Técnico,

Roberto Conde Romero

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