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CONCEPTO 490951 DE 2022

(marzo 18)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE SALUD Y DE PROTECCIÓN SOCIAL

Bogotá D.C.,

URGENTE

ASUNTO:Solicitud de información actos administrativos
Radicado:202242300184482

Respetado señor XXX

En atención a la comunicación del asunto, mediante la cual solicita información frente a: “Todos los actos administrativos y leyes de la república que se encuentren vigentes al momento de que se me comunique la respuesta, en las que se determinen lineamientos específicos para algunas enfermedades (por ejemplo: la Ley 1414 de 2010 y la Ley 1384 de 2010)”, nos permitimos informar lo siguiente:

Es de anotar que respecto a su solicitud la Subdirección de Enfermedades No Transmisibles de este ministerio mediante radicado 202221200090763 del 15 de marzo de 2022 indicó lo siguiente:

“(...)

Enfermedades No Transmisibles:

Con la expedición de la Ley 100 de 1993, por la cual se crea el Sistema General de Seguridad Social en Salud en adelante SGSSS, se estableció entre sus objetivos el de facilitar las condiciones de acceso de toda la población a servicios de educación, información y fomento de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación en cantidad, oportunidad, calidad y eficiencia de conformidad con lo previsto en el Plan Obligatorio de Salud.

A su turno, el Decreto 3039 de 2007, por el cual fue adoptado el Plan Nacional de Salud Pública 2007 - 2010, definió las prioridades en la materia; dentro de las cuales fueron consideradas las enfermedades crónicas no transmisibles. Instancia de algunas de las patologías más representativas dentro de este instrumento lo fueron: La hipertensión arterial, la enfermedad renal crónica, la diabetes y el cáncer.

Dada la relevancia de estas enfermedades en la salud pública colombiana, han sido adoptados un conjunto de instrumentos de política pública que posicionan las enfermedades cardiovasculares como prioridad gubernamental. Estos ordenadores establecen metas, intervenciones y estrategias para avanzar en la reducción de la incidencia y mortalidad prematura asociada a este grupo de enfermedades. A la fecha se encuentra definidos los siguientes instrumentos:

 Ley Estatutaria de Salud

- Plan Decenal de Salud Pública 2012 - 2021

- Política Integral de Atención en Salud, Rutas Integrales de Atención en Salud.

- Plan Nacional de Desarrollo 2018 - 2022, Pacto por Colombia - Pacto por la Equidad

Las normas y políticas mencionadas tienen propósitos comunes orientados a: 1. Avanzar hacia la garantía del goce efectivo del derecho a la salud, 2. Mejorar las condiciones de vida y salud de la población y 3. Sensibilizar frente a la incidencia, mortalidad y carga de la enfermedad.

A continuación, se describen los elementos centrales de las políticas públicas mencionadas en lo que corresponde a enfermedades cardiovasculares y metabólicas y que abarcan este

grupo de patologías en su totalidad:

Ley 1751 del 2015 Ley Estatutaria en Salud. La Ley Estatutaria y las medidas complementarias consagra la salud como un derecho fundamental autónomo, garantiza su prestación, lo regula y establece sus mecanismos de protección; da mayor claridad sobre el alcance de la protección al derecho, eliminan barreras administrativas tales como las autorizaciones para servicios de urgencias y se fortalece el control de precios a medicamentos, lo que permite, avanzar más rápidamente en la incorporación de nuevas tecnologías. La Ley Estatutaria crea un nuevo marco general de protección del derecho fundamental a la salud.

Plan Decenal de Salud Pública 2012 -2021. Mediante la Resolución 1841 de 2013, este Ministerio adoptó el Plan Decenal de Salud Pública 2012 - 2021. Definió la Dimensión 2, Vida Saludable y Condiciones No Transmisibles y los componentes Modos, condiciones y estilos de vida saludable y Condiciones Crónicas Prevalentes, incluyendo metas y estrategias orientadas al control de las Enfermedades No Transmisibles.

Plan Nacional de Desarrollo 2018 - 2022 Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad, Ley 1955 de 2019. El Plan Nacional de Desarrollo 2018 - 2022 (PND), define el componente de Salud para todos con calidad y eficiencia, sostenible por todos, como una de las líneas de acción del Pacto Transversal denominado “Pacto por la equidad: Política social moderna centrada en la familia, eficiente, de calidad y conectada a mercados”.

En esta línea, se destaca el propósito de garantizar el bienestar de todos los colombianos. Se propone lograr un consenso sobre una visión de largo plazo del sistema de salud, centrada en la atención de calidad al paciente, con cobertura universal sostenible financieramente y acciones de salud pública consistente con el cambio social, demográfico y epidemiológico que enfrenta Colombia(1).

Política de Atención Integral en Salud, Modelo de Acción Integral Territorial- MAITE, Rutas Integrales de Atención en Salud, Guía de práctica clínica. De acuerdo a lo definido en la Ley Estatutaria de Salud 1751 de 2015, y con el fin de garantizar una atención integral, fue expedida la Resolución 2626 de 2019 Por la cual se modifica la Política de Atención Integral en Salud -PAIS y se adopta el Modelo de Acción Integral Territorial - MAITE.

A través de la Resolución 3202 de 2016, con la cual fue adoptada la Ruta Integral de Atención en Salud para la promoción y prevención de la salud y la ruta integral en salud para población en Hipertensión Arterial Primaria (HTA) y Diabetes Mellitus (DM); donde se evidencian las condiciones necesarias para garantizar la atención integral en salud y guía la implementación de intervenciones poblacionales, colectivas e individuales que deben realizar los diferentes actores dentro de sus competencias para la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de esta enfermedad.

A su vez el artículo 6 de la Resolución 3202 de 2016 define las Rutas integrales de atención en salud RIAS, puntualmente por grupo de riesgo, incluyendo la RIAS para población con riesgo o presencia de alteraciones cardio – cerebro – vascular – metabólicas manifiestas, Ruta Integral de Atención a personas en riesgo o con presencia de cáncer de mama, al igual que la RIAS para población en riesgo o con diagnóstico de cáncer de cuello uterino; instrumentos que evidencian las condiciones necesarias para garantizar la atención integral en salud y guía la implementación de intervenciones poblacionales, colectivas e individuales que deben realizar los diferentes actores dentro de sus competencias para la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de esta enfermedad.

Posteriormente, con la Resolución 3280 de 2018 fueron adoptados los lineamientos técnicos y operativos para la Ruta Integral de Atención para la Promoción y Mantenimiento de la Salud (RPMS) con la cual se adoptaron los Procedimientos de obligatorio cumplimiento para la Detección Temprana y está dirigida a promover un marco político de acción entorno a la detección temprana, como una forma de identificar y prevenir el riesgo de las enfermedades no transmisibles(2).

Adicional a lo descrito anteriormente se resalta lo siguiente:

1. Salud Mental

Ley 1414 de 2010: Por la cual se establecen medidas especiales de protección para las personas que padecen epilepsia, se dictan los principios y lineamientos para su atención integral.

-Ley 1566 del 2012: Por la cual se dictan normas para garantizar la atención integral a personas que consumen sustancias psicoactivas y se crea el premio nacional "Entidad comprometida con la prevención del consumo, abuso y adicción a sustancias psicoactivas”. -Ley 1616 del 2013: Por medio de la cual se expide la ley de salud mental y se dictan otras disposiciones.

-Resolución 4886 de 2018: Por la cual se adopta la Política Nacional de Salud Mental.

-Resolución 089 de 2019: Política Integral para la Prevención y Atención del Consumo de Sustancias Psicoactivas.

-Documentos CONPES 3992: Estrategia para la promoción de la salud mental en Colombia.

2. Promoción de modos, condiciones y estilos de vida saludable.

- Ley 1335 de 2009: Prevención del consumo de tabaco.

- Ley 1355 de 2009: Obesidad como una enfermedad crónica de salud pública.

- Ley 2120 de 2021: Entornos alimentarios saludables y prevención de ENT.

3. Enfermedades Huérfanas:

- Ley 1392 del 2010 Atención y diagnóstico de pacientes con enfermedades huérfanas.

- Ley estatutaria 1751 del 2015 “por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones.” Articulo 11

- Resolución 5265 de 2018 en la que se actualiza el listado de enfermedades huérfanas. En el 2021 se realizará un nuevo proceso de actualización.

- Resolución 946 del 2019 Por la cual se dictan disposiciones en relación con el Registro Nacional de Pacientes con Enfermedades Huérfanas y la notificación de enfermedades huérfanas al Sistema de Vigilancia en Salud Pública

4. Cardiovascular y Metabólico:

-Ley 1335 de 2009: Prevención del consumo de tabaco.

- Ley 1355 de 2009: Obesidad como una enfermedad crónica de salud pública.

- Resolución 3202 de 2016, con la cual fue adoptada la Ruta Integral de Atención en Salud para la promoción y prevención de la salud y la Ruta integral en salud para población en Hipertensión Arterial Primaria (HTA) y Diabetes Mellitus (DM); donde se evidencian las condiciones necesarias para garantizar la atención integral en salud y guía la implementación de intervenciones poblacionales, colectivas e individuales que deben realizar los diferentes actores dentro de sus competencias para la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de esta enfermedad.

- Resolución 3280 de 2018 fueron adoptados los lineamientos técnicos y operativos para la Ruta Integral de Atención para la Promoción y Mantenimiento de la Salud (RPMS) está dirigida a promover un marco político de acción entorno a la detección temprana, como una forma de prevenir el riesgo cardiovascular y metabólico(3).

A su vez el artículo 6 de la Resolución 3202 de 2016 define las Rutas integrales de atención en salud RIAS, puntualmente por grupo de riesgo, incluyendo la RIAS para población con riesgo o presencia de alteraciones cardio – cerebro – vascular – metabólicas manifiestas, donde se aborda la atención integral según las guías de práctica clínica (GPC).

5. Cáncer:

- Plan Decenal para el Control del Cáncer en Colombia 2012 -2021

Mediante la Resolución 1383 de 2013 se adoptó el Plan Decenal para el Control del Cáncer en Colombia, 2012-2021 (en adelante PDCCC), el cual plantea intervenciones para reducir la incidencia, mortalidad y carga asociada con discapacidad relacionada con procesos neoplásicos. El PDCCC, propende por el abordaje integral de la enfermedad a partir del desarrollo de seis líneas estratégicas, a saber: 1) prevención primaria; 2) detección temprana; 3 y 4) atención, rehabilitación y cuidados paliativos; 5) gestión del conocimiento y tecnologías y 6) formación del talento humano.

-Ley 1384 de 2010 “Ley Sandra Ceballos, por la cual se establecen las acciones para la atención integral del cáncer en Colombia”.

En ese sentido, a continuación, se enlistan los procesos de reglamentación que ha adelantado este Ministerio en materia de Cáncer, posterior a la promulgación de la Ley 1384 de 2010:

- Resolución 4331 de 2012. Por medio de la cual se adiciona y modifica parcialmente la Resolución 3047 de 2008, modificada por la Resolución 416 de 2009. En su artículo 10 define que las autorizaciones asociadas a quimioterapia o radioterapia en pacientes con cáncer (niños y adultos) que sigan guías o protocolos se harán por una única vez incluyendo la totalidad del tratamiento definido en la guía o protocolo. En aquellos casos de cáncer sin guía o protocolo, la autorización a expedir deberá cubrir al menos 6 meses.

- Resolución 4496 de 2012. Por la cual se organiza el sistema de información del cáncer y se crea el observatorio nacional de cáncer.

- Resolución 4505 de 2012. Por la cual se establece el reporte relacionado con el registro de las actividades de Protección Específica, Detección Temprana y la aplicación de las Guías de Atención Integral para las enfermedades de interés en salud pública de obligatorio cumplimiento (monitoreo a cobertura y oportuna en acciones de detección temprana de cáncer de mama y cuello uterino).

- Resolución 1383 de 2013. Por la cual se adopta el Plan Decenal para el Control del Cáncer en Colombia, 2012-2021.

- Resolución 1440 de 2013. Por la cual se reglamentan parcialmente los artículos 14 de la Ley 1384 de 2010 y 13 de la Ley 1388 del mismo año (Se definen las condiciones bajo las cuales deben funcionar los hogares de paso).

- Resolución 1442 de 2013. Por la cual se adoptan las Guías de práctica clínica -GPC para el manejo de las Leucemias y Linfomas en niños, niñas y adolescentes, cáncer de mama, cáncer de colon y recto, cáncer de próstata y se dictan otras disposiciones.

- Resolución 1552 de 2013. Por la cual se reglamentan parcialmente los artículos 123 y 124 del Decreto-Ley 019 del 2012 (Tiempos máximos en la asignación de citas de pacientes con cáncer).

- Resolución 1604 de 2013. Por la cual se reglamenta el artículo 131 del Decreto-Ley 0019 de 2012 (Entrega de medicamentos).

- Resolución 247 de 2014. Por la cual se establece el registro de pacientes con cáncer (Cuenta de Alto Costo).

- Circular 4 de 2014. Por la cual se imparten instrucciones respecto de la prestación de servicios de salud de personas con sospecha o diagnóstico confirmado de cáncer.

- Resolución 1441 Abril de 2016, estándares y criterios y procedimientos para la habilitación de las Redes Integradas de Prestación de Servicios de Salud. (Incluye Redes Oncológicas y de Cuidados Paliativos)

- Resolución 1477 de 2016. Habilitación de Unidades Funcionales para la Atención del Cáncer de Adulto y Unidades de Atención de Cáncer Infantil.

- Resolución 3202 de 2016. Por la cual se adopta el Manual Metodológico para la elaboración e implementación de las RIAS y se adopta un grupo de rutas (Se adoptan las Rutas Integrales de Atención en Salud para personas en riesgo o con presencia de cáncer de mama y cuello uterino).

- Resolución 256 de 2016. Por la cual se dictan disposiciones en relación al Sistema de Información para la Calidad y se establecen los indicadores para el monitoreo.

- Resolución 3280 de 2018. Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos de la Ruta Integral de Atención para la Promoción y Mantenimiento de la Salud [...] (Se adoptan los procedimientos de obligatorio cumplimiento para la detección de cáncer de mama, cuello uterino, próstata y colon y recto.

- Resolución 276 de 2019. Por la cual se modifica la Resolución 3280 de 2018 (Progresi- vidad en la implementación de acciones para la detección temprana de cáncer de cuello uterino con Prueba ADN-VPH y Cáncer de colon con test de sangre oculta en materia fecal, inmunoquímica en heces).

- Resolución 3100 de 2019. Por la cual se definen los procedimientos y condiciones de inscripción de los prestadores de servicios de salud y de habilitación de los servicios de salud y se adopta el Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud.

- Resolución 3339 de 2019. Por la cual se establece e implementa el mecanismo de cálculo y distribución de los recursos de la UPC para las Empresas Promotoras de Salud - EPS de los regímenes Contributivo y Subsidiado y demás Entidades Obligadas a Compensar - EOC. Para los cánceres priorizados. Modificada: Resolución1620/2020

- Ley 1388 del 2010 “Por el derecho a la vida de los niños con cáncer'

- Ley 1733 de 2014 “Ley Consuelo Devis Saavedra, mediante la cual se regulan los servicios de cuidados paliativos para el manejo integral de pacientes con enfermedades terminales, crónicas, degenerativas e irreversibles en cualquier fase de la enfermedad de alto impacto en la calidad de vida”

Este Ministerio adelantó de forma colegiada con las entidades del sector, la sociedad científica y civil el proceso reglamentario, la adopción de las siguientes normas:

- Circular 022 de 2016. Lineamientos y Directrices para la gestión del acceso a medicamentos opioides para el manejo del dolor.

- Circular 023 de 2016. Instrucciones respecto de la garantía de los derechos de los pacientes que requieran cuidados paliativos.

- Resolución 1441 de 2016. Por la cual se establecen los estándares, criterios y procedimientos para la habilitación de la Redes Integrales de Prestaciones de Servicios de Salud.

- Resolución 2665 de 2018. Por medio de la cual se reglamenta parcialmente la Ley 1733 de 2014 en cuanto al derecho a suscribir el Documento de Voluntad Anticipada. Deroga la Resolución 1051 de 2016.

- Ley 2026 del 23 de julio del 2020 “Ley Jacobo”

- Ley 2194 del 6 de enero 2022 “modifica la ley 1384 del 2010 ley Sandra Ceballos”

En ese sentido, es necesario informar que este Ministerio ha dado un trámite en el ámbito de sus competencias y queda muy atento a sus consideraciones frente al particular, reiterando su disposición de garantizar el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del país.”

Es del caso indicar que de acuerdo con el concepto técnico transcrito con anterioridad se realizan unas precisiones:

- La Resolución 1841 de 2013(4) fue desarrollada por la Resolución 518 de 2015(5) y modificada por la Resolución 50 de 2021(6).

- La Resolución 2626 de 2019(7) fue modificada por la Resolución 1147 de 2020(8).

- La Resolución 3280 de 2018(9) fue modificada por la Resolución 276 de 2019(10).

- La Resolución 4496 de 2012(11) fue subrogada parcialmente por la Resolución 247 de 2014(12).

- La Resolución 4505 de 2012(13) fue adicionada por la Resolución 4611 de 2014(14) y por la Resolución 202 de 2021(15).

- La Resolución 247 de 2014 fue modificada por la Resolución 574 de 2020(16).

- La Resolución 1441 de 2016(17) fue modificada por la Resolución 1344 de 2019(18).

- La Resolución 256 de 2016(19) fue modificada por la Resolución 3539 de 2019(20).

- La Resolución 3100 de 2019(21) fue modificada por la Resolución 2215 de 2020(22) y la Resolución 1317 de 2021(23).

Adicionalmente a lo anterior es pertinente señalar las siguientes normas:

- Ley 972 de 2005 “Por la cual se adoptan normas para mejorar la atención por parte del Estado colombiano de la población que padece de enfermedades ruinosas o catastróficas, especialmente el VIH/Sida.”

- Resolución 1912 de 2015 “Por la cual se fija el mecanismo de cálculo que define el monto de giro y distribución de los recursos de la cuenta de alto costo para las empresas promotoras de salud del régimen contributivo, del régimen subsidiado y entidades obligadas a compensar, en el caso del VIH/SIDA.”

- Resolución 273 de 2019. “Por medio de la cual se modifican los artículos 7 de la Resolución 247 de 2014, 2 de la Resolución 123 de 2015 y 4 de la Resolución 273 de 2019, en el sentido de ampliar transitoriamente un plazo para el reporte de información y se dictan otras disposiciones.” La precitada resolución fue modificada por la Resolución 5754 de 2020(24).

- Resolución 248 de 2014 “Por la cual se fija el mecanismo de cálculo que define el monto de giro y distribución de los recursos de la cuenta de alto costo para las Empresas Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y del Régimen Subsidiado, y entidades obligadas a Compensar, en el caso de la terapia de reemplazo renal por enfermedad renal crónica, ERC.”

- Resolución 975 de 2016 “Por la cual se establece el mecanismo de cálculo para definir el monto que las EPS y EOC deben aportar sobre los recursos de la UPC de los Regímenes Contributivo y Subsidiado y su distribución, para el manejo de la enfermedad huérfana “déficit congénito del factor VIII” (Hemofilia A Severa).” Es de anotar que la precitada resolución fue modificada por la Resolución 5320 de 2016(25).

- Resolución 123 de 2015 Por la cual se establece el reporte de información de pacientes diagnosticados con hemofilia y otras coagulopatías asociadas a déficit de factores de la coagulación a la Cuenta de Alto Costo.” La precitada resolución fue modificada por la Resolución 574 de 2020(26).

- Resolución 2955 de 2016 “Por la cual se definen los montos a apodar, reconocer y pagar a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y Entidades Obligadas a Compensar (EOC) de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, en aplicación de la Resolución 975 de 2016.”

- Resolución 3339 de 2019 “Por la cual se establece e Implementa el mecanismo de cálculo y distribución de los recursos de la UPC para las Empresas Promotoras de Salud - EPS de los Regímenes Contributivo y Subsidiado y demás Entidades Obligadas a Compensar - ECO, para los cánceres priorizados.” Es de anotar que esta resolución fue modificada por la Resolución 1620 de 2020.

- Resolución 777 de 2020 “Por la cual se definen los montos a aportar, reconocer y pagar a las Entidades Promotoras de Salud -EPS de los Regímenes Contributivo y Subsidiado y a las demás Entidades Obligadas a Compensar - EOC para la vigencia 2020, en aplicación del mecanismo adicional para ajustar la desviación de la siniestralidad “Hemofilia A Severa.”

- Resolución 1620 de 2020 “ Por la cual se modifican los artículos 7 y 9 y se sustituye el anexo técnico de la Resolución 3339 de 2019 que establece e implementa el mecanismo de cálculo y distribución de los recursos de la UPC para las EPS y demás EOC, en los canceres priorizados.”

- Resolución 586 de 2020 “Por la cual se establecen disposiciones en relación con el presupuesto máximo para la gestión y financiación de los servicios y tecnologías en salud no financiados con cargo a la Unidad de Pago por Capitación -UPC y no excluidos de la financiación con recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSSS”. Específicamente en el artículo 10 (27) que señala lo referente a los medicamentos de las enfermedades huérfanas. La resolución en cita fue modificada por la Resolución 1341 de 2021.(28)

- Resolución 1393 de 2015.Por la cual se establece el reporte para el registro de pacientes con Artritis Reumatoide a la Cuenta de Alto Costo

Por último, es de precisar que los actos administrativos de este ministerio se encuentran publicados en la página web del Ministerio de Salud y la Protección Social en los siguientes links:

https://www.minsalud.gov.co/Normativa/Paginas/actos-administrativos.aspx

https://www.minsalud.gov.co/Paginas/normograma.aspx

Así mismo puede realizar la consulta de leyes y decretos en general en el siguiente link:

www.suin-juriscol.gov.co

En los anteriores términos damos respuesta a su solicitud.

Cordialmente

<NOTAS DE PÍE DE PAGÍNA>

1. ''Departamento Nacional de Planeación. Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2018 - 2022. Pacto por Colombia - Pacto por la Equidad. Bogotá. 2019

2. El cálculo se puede realizar manual o a través de la calculadora –Conoce Tu riesgo Peso Saludablell del Ministerio de Salud y Protección Social disponible en Link https://www.m¡nsalud.gov.co/s¡tes/valoratur¡esgo/lavouts/15/est¡lov¡dasaludable/datosusuario.aspx

3. El cálculo se puede realizar manual o a través de la calculadora –Conoce Tu riesgo Peso Saludablell del Ministerio Protección Social disponible https://www.m¡nsalud.gov.co/s¡tes/valoratur¡esgo/lavouts/15/est¡lov¡dasaludable/datosusuario.aspx

4. Por la cual se adopta el Plan Decenal de Salud Pública 2012 - 2021

5. Por la cual se dictan disposiciones en relación con la Gestión de la Salud Pública y se establecen directrices para la ejecución, seguimiento y evaluación del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas - Pie

6. Por la cual se modifica la Resolución 1841 de 2013, en el sentido de adoptar el capítulo indígena para los pueblos y comunidades indígenas de Colombia como parte integral del Plan Decenal de Salud Pública - PDSP 2012-2021

7. Por la cual se modifica la Política de Atención Integral en Salud -PAIS y se adopta el Modelo de Acción Integral Territorial-MAITE

8. Por la cual se modifican los artículos 9 y 10 de la Resolución 2626 de 2019 en relación con la aplicación de unos plazos

9. Por medio de la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos de la Ruta Integral de Atención para la Promoción y Mantenimiento de la Salud y la Ruta Integral de Atención en Salud para la Población Materno Perinatal y se establecen las directrices para su operación

10. Por la cual se modifica la Resolución 3280 de 2018

11. por la cual se organiza el Sistema Nacional de Información en Cáncer y se crea el Observatorio Nacional de Cáncer

12. Por la cual se establece el reporte para el registro de pacientes con Cancer

13. Por la cual se establece el reporte relacionado con el registro de las actividades de Protección Específica, Detección Temprana y la aplicación de las Guías de Atención Integral para las enfermedades de interés en salud pública de obligatorio cumplimiento

14. Por la cual se modifica el plazo para el reporte de información correspondiente al tercer trimestre de 2014 establecido en la Resolución 4505 de 2012

15. Por la cual se modifica el artículo 10 de la Resolución 4505 de 2012 y se sustituye su anexo técnico con el propósito de ajustarlo a la captación y registro de información relacionada con las intervenciones individuales de la Ruta Integral de Atención para la Promoción y Mantenimiento de la Salud y la Ruta Integral de Atención en Salud para la Población Materno Perinata

16. Por medio de la cual se modifican los articulos 7 de la Resolución 247 de 2014, 2 de la Resolución 123 de 2015 y 4 de la Resolución 273 de 2019, en el sentido de ampliar transitoriamente un plazo para el reporte de información y se dictan otras disposiciones

17. Por la cual se definen los procedimientos y condiciones que deben cumplir los Prestadores de Servicios de Salud para habilitar

18. Por la cual se modifica el artículo 16 de la Resolución 1441 de 2016 con relación al procedimiento transitorio para la habilitación de las Redes Integrales de Prestadores de Servicios de Salud - RIPSS

19. Por la cual se dictan disposiciones en relación con el Sistema de Información para la Calidad y se establecen los indicadores para el monitoreo de la calidad en salud

20. Por la cual se adopta el instrumento para que las entidades responsables del aseguramiento en salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, reporten los servicios y tecnologías en salud ordenados por el médico tratante, que sean negados y se modifica la Resolución 256 de 2016

21. Por la cual se definen los procedimientos y condiciones de inscripción de los prestadores de servicios de salud y de habilitación de los servicios de salud y se adopta el Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud

22. Por la cual se modifican los artículos 19 y 26 de la Resolución 3100 de 2019

23. Por la cual se modifica el artículo 26 de la Resolución 3100 de 2019 en el sentido de ampliar un plazo a los Prestadores de Servicios de salud

24. Por medio de la cual se modifican los artículos 7 de la Resolución 247 de 2014, 2 de la Resolución 123 de 2015 y 4 de la Resolución 273 de 2019, en el sentido de ampliar transitoriamente un plazo para el reporte de información y se dictan otras disposiciones

25. Por la cual se modifica la Resolución 975 de 2016 en relación con la distribución y giro de recursos para el manejo de la enfermedad huérfana “déficit congénito del factor VIII” (Hemofilia A Severa).

26. Por medio de la cual se modifican los articulos 7 de la Resolución 247 de 2014, 2 de la Resolución 123 de 2015 y 4 de la Resolución 273 de 2019, en el sentido de ampliar transitoriamente un plazo para el reporte de información y se dictan otras disposiciones

27. Artículo 10. Financiación de medicamentos para enfermedades huérfanas. La financiación de los medicamentos cuya indicación sea específica y única para el tratamiento que requieran las personas que sean diagnosticadas por primera vez con una enfermedad huérfana durante la vigencia del presupuesto máximo será asumida por la ADRES.

28. Por la cual se modifica el artículo 17 de la Resolución 586 de 2021

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