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CIRCULAR 15 DE 2020

(agosto 25)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SUPERINTENDENCIA DE SALUD

PARA:AGENTES ESPECIALES, LIQUIDADORES, CONTRALORES E INTERVENTORES.
DE:SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD.
ASUNTO:RECLASIFICACIÓN REGISTRO DE INTERVENTORES, LIQUIDADORES Y CONTRALORES- RILCO,

La Superintendencia Nacional de Salud, a través de la Delegada para las Medidas Especiales, en atención a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 26 del Decreto 2462 de 2013, tiene a su cargo la función de llevar el registro de los interventores, liquidadores y contralores designados por la entidad en el marco del eje de acciones y medidas especiales de que trata el numeral 5 del artículo 37 de la Ley 1122 de 2007 (modificado por el artículo 124 de la Ley 1438 de 2011).

Con fundamento en esta atribución, fue adoptada la Resolución 002599 de 2016 modificada y adicionada por las Resoluciones 011467 de 2018 y 005949 de 2019, mediante la cual se fijaron las regias atinentes a la inscripción, designación, remoción, fijación de honorarios, posesión, funciones, obligaciones, seguimiento, sanciones, reemplazo y otros asuntos relacionados con los agentes especiales interventores, liquidadores y contralores de las entidades vigiladas por la entidad.

En el artículo 6 del mencionado acto administrativo se definió el procedimiento y las reglas para la clasificación de los agentes especiales, interventores, liquidadores y contralores, así:

“Artículo 6. Clasificación de los agentes interventores, liquidadores por categorías. El nuevo registro de agentes interventores, liquidadores y contralores estará dividido en categorías A, B, y C, de acuerdo con las categorías y rango de puntos de entidades objeto de medida de toma de posesión o intervención forzosa administrativa establecidas actualmente en la Resolución 237 de 2010 de fa Superintendencia Nacional de Salud [Derogada por la Resolución 005949 de 2019 artículo 4o de la Superintendencia Nacional de Salud], en la tabla de asignación salarial según la puntuación de su artículo 2, sin perjuicio de las normas que con posterioridad a la expedición de este acto administrativo se expidan para modificar el régimen de honorarios de agentes interventores, liquidadores y contralores. Los requisitos de estas categorías buscan clasificar, de acuerdo con la experiencia, a los aspirantes, para que en los casos más complejos actúen los agentes interventores, liquidadores y contralores con mayor experiencia. Las categorías quedan establecidas así y es posible pasar de una categoría a otra si los interesados logran acreditar el cumplimiento de los requisitos de la misma y si formulan la solicitud respectiva a la Superintendencia Nacional de Salud (...)”. ÉNFASIS AÑADIDO

Del citado texto sobresalen dos aspectos respecto de la clasificación de los inscritos en el Registro de Interventores, Liquidadores y Contralores (en adelante RILCO) (Resolución 5257 del 31 de octubre de 2017):

1) Se establece un principio de mérito que permite a los agentes ser reclasificados de categoría cuando acrediten el cumplimiento de los requisitos preestablecidos para estar en una categoría diferente.

2) La aplicación de la medida de reclasificación, opera exclusivamente por iniciativa de quienes estando inscritos en el RILCO consideren cumplir requisitos para ser clasificados en una categoría superior. En otros términos, es necesario que la actuación se inicie en cumplimiento de una obligación o deber legal por parte del interesado (artículo 4 numeral 3 de la Ley 1437 de 2011).

Bajo las anteriores consideraciones y con el objeto de realizar un proceso de revisión y actualización del Registro de Interventores, Liquidadores y Contralores -RILCO de forma más eficiente de cara a la contingencia generada por la Pandemia COVID-19, la Superintendencia Nacional de Salud invita a los agentes especiales interventores, liquidadores y contralores interesados en obtener una ser reclasificados, a presentar una solicitud en el formato que se establece en el anexo No 1 de la presente circular, con los soportes respectivos los cuales deben ser remitidos al correo electrónico nredondo@supersalud.qov.co.

Cordialmente,

FABIO ARISTIZABAL ANGEL

Superintendente Nacional de Salud

ANEXO.

Señor

Superintendente Delegado para las Medidas Especiales La Ciudad

Cordial Saludo,

Yo_____________________________identificado (a) con la cédula de ciudadanía #__________ , con base en lo establecido en el artículo 6o de la Resolución 002599 de 2016 modificada y adicionada por las Resoluciones 011467 de 2018 y 005949 de 2019, solicito la reclasificación de la categoría en la cual me encuentro inscrito en el Registro de agentes interventores, Liquidadores y Contralores-RILCO de la Superintendencia Nacional de Salud, así:

Para efectos de lo anterior, adjunto los soportes del cumplimiento de los requisitos establecidos para el cargo y la categoría solicitada, según lo establecido en la Resolución 011467 de 2018 de la Superintendencia Nacional de Salud,

_______________________________________

Firma

Nombre:

C.C.:

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