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RESOLUCIÓN 4088 DE 2019

(diciembre 30)

Diario Oficial No. 51.183 de 31 de diciembre 2019

DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN

COMISIÓN RECTORA DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS

Por la cual se efectúa el levantamiento parcial del límite de ordenación del gasto contenida en las Resoluciones números 443, 750 y 1560 de 2019 de distribución y asignación de los recursos de funcionamiento del Sistema General de Regalías para el bienio 2019-2020.

LA COMISIÓN RECTORA DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS,

en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 11 de la Ley 1530 de 2012, el artículo 16 de la Ley 1942 de 2018 y el numeral 7 del artículo 6.1.1.2 del Acuerdo Único del SGR de la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías (Acuerdo 45 de 2017), y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo 3 del artículo 361 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley 1530 de 2012 destinó hasta el 2% anual de los recursos del Sistema General de Regalías (SGR) para su funcionamiento y señaló que la administración de dicho porcentaje está a cargo de la Comisión Rectora del SGR;

Que el artículo 16 de la Ley 1942 de 2018 “Por la cual se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2020”, establece que las apropiaciones destinadas al funcionamiento del SGR serán distribuidas mediante resolución proferida por la Comisión Rectora del SGR;

Que según el detalle de gastos contenido en el artículo 3o de la Ley 1942 de 2018, la apropiación para el funcionamiento del SGR para el bienio comprendido entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2020, corresponde a la suma de trescientos setenta y un mil doscientos noventa y un millones ochocientos treinta mil quinientos noventa y nueve pesos ($371.291.830.599) moneda corriente;

Que el numeral 2 del artículo 7o de la Ley 1942 de 2018, incorporó al presupuesto de gastos de funcionamiento del SGR para el bienio 2019-2020, la suma de setenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y cinco millones cuatrocientos cinco mil setecientos tres pesos ($74.855.405.703) moneda corriente, correspondiente al mayor recaudo del bienio 2017-2018;

Que el artículo 5o del Decreto 606 de 2019, incorporó al presupuesto de gastos de funcionamiento del SGR para el bienio 2019-2020, la suma de ciento diez millones novecientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y tres pesos ($110.954.433) moneda corriente, correspondiente al ajuste del mayor recaudo del bienio 2017-2018;

Que la apropiación total de recursos para el funcionamiento del SGR, para el bienio 2019-2020, asciende a la suma de cuatrocientos cuarenta y seis mil doscientos cincuenta y ocho millones ciento noventa mil setecientos treinta y cinco pesos ($446.258.190.735) moneda corriente;

Que la Comisión Rectora del SGR mediante las Resoluciones número 443, 750 y 1560 de 2019 distribuyó y asignó parcialmente recursos por la suma de cuatrocientos cuarenta y cinco mil setecientos cuarenta y seis millones novecientos seis mil doscientos trece pesos ($445.746.906.213) moneda corriente;

Que en dichas resoluciones de asignación y distribución se estableció que la secretaría técnica del OCAD (CTeI), las entidades del orden nacional que cumplen funciones relacionadas con el SGR y las entidades públicas del orden nacional de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 1942 de 2018, solo podrían comprometer hasta el 50% de su apropiación. El 50% restante podría ser utilizado una vez la Comisión Rectora revise los indicadores de gestión en el mes de noviembre de 2019;

Que en sesión no presencial LXII (62) del 29 de noviembre de 2019, la Comisión Rectora del SGR aprobó el levantamiento parcial del límite de ordenación del gasto contenida en las resoluciones de distribución y asignación de los recursos de funcionamiento del Sistema General de Regalías para el bienio 2019-2020 de las entidades beneficiarias, de acuerdo con la información presentada sobre la ejecución financiera de la Secretaría Técnica del OCAD (CTeI), las entidades del orden nacional que cumplen funciones relacionadas con el SGR y las entidades públicas del orden nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 1942 de 2018;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. LEVANTAMIENTO PARCIAL DEL LÍMITE DE ORDENACIÓN DEL GASTO CONTENIDA EN LAS RESOLUCIONES DE ASIGNACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS DE FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS (SGR) PARA EL BIENIO 2019-2020. De los recursos de funcionamiento del Sistema General de Regalías asignados para el bienio 2019-2020, sobre los cuales se estableció un límite para la ordenación del gasto en los artículos 7o de la Resolución número 443 de 2019, 6o de la Resolución número 750 de 2019 y 5o de la Resolución número 1560 de 2019 por la suma de treinta y ocho mil cuatrocientos noventa millones ciento cuarenta y cinco mil quinientos noventa pesos ($38.490.145.590,00) moneda corriente, levántese parcialmente dicha medida por la suma de catorce mil seiscientos sesenta y nueve millones cuatrocientos veintisiete mil doscientos dieciséis pesos con cincuenta centavos ($14.669.427.216,50) moneda corriente, con el siguiente detalle:

PARÁGRAFO. El levantamiento de los recursos pendientes con límite de ordenación del gasto por valor de veintitrés mil ochocientos veinte millones setecientos dieciocho mil trescientos setenta y tres pesos con cincuenta centavos ($23.820.718.373,50) moneda corriente, será analizado posteriormente por la Comisión Rectora del SGR.

ARTÍCULO 2o. AUTORIZACIÓN PARA EL USO DE LOS RECURSOS DE FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS. Los ordenadores del gasto de los recursos de funcionamiento del SGR señalados en el artículo anterior con levantamiento de medida de límite de ordenación del gasto, podrán comprometer los recursos asignados por la Comisión Rectora del SGR para el cumplimiento de las funciones relacionadas con el Sistema General de Regalías. En todo caso, lo anterior deberá sujetarse al límite para la ordenación del gasto prevista en los artículos 6o de la Resolución número 443 de 2019, 5o de la Resolución número 750 de 2019 y 4o de la Resolución número 1560 de 2019.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 2019.

El Director Departamento Nacional de Planeación, Presidente Comisión Rectora del Sistema General de Regalías,

Luis Alberto Rodríguez Ospino.

La Subdirectora General Territorial, Departamento Nacional de Planeación, Secretaria Técnica Comisión Rectora del Sistema General de Regalías,

Amparo García Montaña.

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