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ACUERDO 771 DE 2024

(agosto 14)

Diario Oficial No. 52.854 de 20 de agosto de 2024

CONSEJO NACIONAL DE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR

Por el cual se modifican parcialmente los Acuerdos 722 y 729 de 2024 que modifican el Acuerdo 720 de 2022, el cual establece el cronograma de sorteos extraordinarios del juego de lotería tradicional o de billetes para el año 2024.

EL CONSEJO NACIONAL DE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR (CNJSA),

en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas por los artículos 13 y 19 de la Ley 643 de 2001 y conforme a lo establecido en el artículo 2.7.1.3.5 del Decreto número 1068 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 13 y 19 de la Ley 643 de 2001, los sorteos ordinarios y extraordinarios de las loterías tradicionales se deben efectuar de acuerdo con el cronograma anual que fije el Gobierno nacional.

Que los artículos 2.7.1.3.1 y 2.7.1.3.5 del Decreto número 1068 de 2015 establecen que el CNJSA definirá el cronograma anual de los sorteos ordinarios y extraordinarios, de acuerdo con las propuestas allegadas por las entidades operadoras del juego de lotería tradicional y atendiendo las reglas establecidas. Adicionalmente, el último dispone que cuando se requiera una modificación de cronograma, los operadores de lotería deben enviar previamente la solicitud al Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, indicando claramente las razones que obligan a la modificación.

Que en cumplimiento de la norma citada, el CNJSA expidió los Acuerdos 717 de 2023, por el cual se expide el cronograma de sorteos ordinarios del juego de lotería tradicional o de billetes para el año 2024, 720 de 2024, por el cual se expide el cronograma de sorteos extraordinarios del juego de lotería tradicional o de billetes para el año 2024, 722 de 2024, por el cual se modifican parcialmente los Acuerdos 717 de 2023 y 720 de 2024 que establecen los cronogramas de sorteos ordinarios y extraordinarios del juego de lotería tradicional o de billetes para el año 2024, y 729, por el cual se modifican parcialmente los Acuerdos 717 de 2023, 720 y 722 de 2024 que establecen los cronogramas de sorteos ordinarios y extraordinarios del juego de lotería tradicional o de billetes para el año 2024.

Que los operadores del juego de lotería tradicional o de billetes, después de analizar sus alternativas comerciales y con fundamento en lo preceptuado en el artículo 158 de la Ley 2294 de 2023, que modifica el artículo 19 de la Ley 643 de 2001, han considerado implementar estrategias para obtener mayores ventas y por ende realizar mayores transferencias a la salud, por tal motivo consideran provechoso realizar ajustes a sus fechas asignadas para la realización de sorteos extraordinarios.

Que en virtud de lo establecido en el artículo 2.7.1.3.5 del Decreto número 1068 de 2015, se recibió la siguiente solicitud:

1. La Lotería del Huila mediante radicado número 20242600248502 del 5 de agosto de 2024, solicita autorización para realizar en forma asociada con el Sorteo Extraordinario de Colombia Ltda., el sorteo extraordinario número 0002 a realizarse el día 6 de septiembre de 2024 a las 11:10 p. m., el cual había sido fijado por el CNJSA en el Acuerdo 729 de 2024, por el cual se modifican parcialmente los Acuerdos 717 de 2023, 720 y 722 de 2024 que establecen los cronogramas de sorteos ordinarios y extraordinarios del juego de lotería tradicional o de billetes para el año 2024, esto en aras de cumplir y aumentar las ventas de su producto para de esta forma realizar mayores transferencias al sector de la salud, por lo cual la Lotería tiene planeado realizar el sorteo extraordinario a jugar el día 6 de septiembre de 2024, realizando alianzas estratégicas, ya que la Entidad no cuenta con los recursos suficientes para dar un despliegue de la magnitud que requiere un sorteo extraordinario.

Que la Secretaría Técnica del CNJSA, al estudiar la solicitud de la Lotería del Huila, pudo verificar que se ajusta a las disposiciones legales y considera procedente recomendar la modificación al cronograma de sorteos extraordinarios fijado mediante el Acuerdo 722 de 2024 y modificado por el Acuerdo 729 de 2024, en el numeral 16 del artículo 2 y suprimir el numeral 17 al mismo artículo 2, ya que en el referido numeral 16 quedarán consagrados los dos sorteos extraordinarios que jugará la Lotería del Huila de manera asociada con el Sorteo Extraordinario de Colombia LTDA a las 11:10 p. m. los días 19 de julio de 2024 y 6 de septiembre de 2024, los cuales habían sido previamente asignados para realizarse de manera individual en el referido Acuerdo 722 de 2024.

Que teniendo en cuenta las anteriores consideraciones, el CNJSA encuentra viable modificar el artículo 2o del Acuerdo 720 de 2024 y el artículo 2o del Acuerdo 729 de 2024.

Que el presente acuerdo fue discutido y aprobado por el CNJSA, en sesión extraordinaria virtual número 166 del 13 de agosto de 2024.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Modificar el numeral 16 del artículo 2o de los Acuerdos 722 y 729 de 2024 con la solicitud de la Lotería del Huila, el cual quedará así:

16. Asociación entre Lotería del Huila y el Sorteo Extraordinario de Colombia Ltda.

Número de Sorteo Día de Sorteo Fecha de Sorteo Hora de Sorteo
0001 viernes 19 de julio de 2024 11:10 p. m.
0002 viernes 6 de septiembre de 2024 11:10 p. m.

ARTÍCULO 2o. Eliminar el numeral 17 del artículo 3o del Acuerdo 729 de 2024.

ARTÍCULO 3o. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y modifica parcialmente los Acuerdos 722 y 729 de 2024.

ARTÍCULO 4o. Los demás términos de los Acuerdos 722 y 729 de 2024 permanecen sin modificaciones.

ARTÍCULO 5o. El presente acuerdo deberá ser comunicado por parte de la Secretaría Técnica del CNJSA a la Superintendencia Nacional de Salud, para lo de su competencia.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 14 de agosto de 2024.

La Presidente,

Flor Esther Salazar Guatibonza.

El Secretario Técnico,

Roberto Conde Romero

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